Visados

 

LISTADO DE PAÍSES Y CONDICIONES DE VISADO

Conforme a la Ley No. 875 sobre Visados, los extranjeros que viajen a la República Dominicana deberán estar en posesión del visado en su documento de viaje, otorgado en uno de nuestros Consulados, con excepción de los nacionales de países con los cuales la República Dominicana haya suscrito acuerdos sobre dispensa de visado y de los nacionales de países autorizados a viajar al país provistos de una tarjeta de turista, siempre que la razón de su visita sea con fines turísticos.

La TARJETA de TURISTA es un impuesto que cobra la República Dominicana a los que visitan nuestro país. La tarifa de la Tarjeta de Turista está incluida en el boleto aéreo.

  1. ¿Quiénes pueden entrar a República Dominicana SIN VISA portando PASAPORTE DIPLOMATICO, OFICIAL O DE SERVICIO? (Mediante acuerdo reciproco).
Argentina
Belice
Brasil
Chile
Colombia
Corea del Sur
Costa Rica
Ecuador
El Salvador
Francia (por una estadía de menos de 90 días cada seis meses; disposición del gobierno francés)
Guatemala
Honduras
Israel
Japón
Marruecos 
México (en el caso de los pasaportes oficiales portando visa de Estados Unidos vigente; por disposición del gobierno mexicano)
Nicaragua 
Panamá 
Paraguay
Perú
República de China (Taiwán)
Rusia
Suiza
Trinidad y Tobago
Ucrania
Uruguay
Vietnam (Rep. Socialista)

2. ¿Quiénes no REQUIEREN VISA ni TARJETA de TURISTA para entrar a la República Dominicana?:

Argentina
Chile
Corea del Sur
Ecuador
Israel
Japón
Perú
Uruguay
  1. C) ¿Quiénes PUEDEN ENTRAR a la República Dominicana SÓLO con TARJETA de TURISTA, para fines turísticos exclusivamente?:
Acrotiri y Dhekelia (Reino Unido)
Alemania
Andorra
Anguila (Reino Unido)
Antigua y Barbuda
Aruba
Australia
Austria
Bahamas
Bahrein
Barbados
Bélgica
Belice
Bermudas (Reino Unido)
Bolivia
Bonaire (Antillas Neerlandesas u Holandesas)
Bostwana
Brasil
Brunei
Bulgaria
Canadá
Chipre
Ciudad del Vaticano (Santa Sede)
Colombia
Costa Rica
Croacia
Curazao (Antillas Neerlandesas u Holandesas)
Dinamarca
Dominica
El Salvador
Emiratos Árabes Unidos
Escocia (Reino Unido)
Eslovaquia
Eslovenia
España
Estados Unidos de Norteamérica
Estonia
Fiji
Finlandia
Francia
Gales (Reino Unido)
Gibraltar (Reino Unido)
Grecia
Grenada
Groenlandia
Groenlandia (Noruega)
Guadalupe (Francia)
Guam (Estados Unidos)
Guatemala
Guayana (inglesa)
Guyana Francesa (Francia)
Hawai (Estados Unidos)
Holanda
Honduras
Hong Kong (válido para portadores del pasaporte especial de la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popula China)
Hungría
Irlanda
Irlanda del Norte (Reino Unido)
Isla Cocos (Australia)
Isla Cook (Nueva Zelandia)
Isla de Navidad o Christmas (Australia)
Isla Feroe (Dinamarca)
Isla Norfolk (Australia)
Isla Palau (Estados Unidos)
Islandia
Islas Caimán (Reino Unido)
Islas Malvinas o Falkland (Reino Unido)
Islas Marianas del Norte
Islas Marshall
Islas Salomón
Islas Sandwich (Reino Unido)
Islas Tokelau
Islas Wallis y Futuna (Francia)
Islas Wallis y Futuna (Francia)
Italia
Jamaica
Kazajistan
Kiribati
Kuwait
Latvia
Letonia
Liechtenstein
Lituania
Luxemburgo
Macao (válido para portadores del pasaporte especial de la Región Administrativa Especial de Macao de la República Popular China)
Macedonia
Malasia
Malta
Martinica (Francia)
Mauricio
Mayen (Noruega)
Mayotte (Francia)
México
Micronesia (Estados federados de Micronesia)
Mónaco
Montserrat (Reino Unido)
Namibia
Nauru
Nicaragua
Niue (Nueva Zelanda)
Noruega
Nueva Caledonia (Francia)
Nueva Zelanda
Panamá
Papua Nueva Guinea
Paraguay
Polinesia Francesa (Francia)
Polonia
Portugal
Puerto Rico (Estados Unidos)
Qatar
República Checa
República De Sudáfrica
República Eslovaca
Reunión (Francia)
Rumania
Rusia
Saba (Antillas Neerlandesas u Holandesas)
Saint Kitts y Nevis
Samoa Americana
San Eustaquio (Antillas Neerlandesas u Holandesas)
San Marino
San Marteen (Antillas Neerlandesas u Holandesas)
San Vicente y Granadinas
Santa Helena (Reino Unido)
Santa Lucía
Serbia
Seychelles
Singapur
St. Croix (Estados Unidos)
St. John (Estados Unidos)
St. Thomas (Estados Unidos)
Suecia
Suiza
Suriname
Svalbard (Noruega)
Tailandia
Taiwán
Tokelau (Nueva Zelanda)
Tonga
Trinidad y Tobago
Turquía
Tuvalu
Ucrania
Vanuatu
  1. D) ¿Quiénes requieren VISA para entrar a la República Dominicana?:
Afganistán
Albania
Angola
Arabia Saudita
Argelia
Armenia
Azerbaiyán
Bangladesh
Benin
Bielorrusia
Bosnia y Herzegovina
Burkina Faso
Burundi
Bután
Cabo Verde
Camboya
Camerún
Chad
China República Popular
Comores
Congo (Brazzaville)
Congo (Kinshasa)
Congo República Democrática
Corea Del Norte
Costa De Marfil
Cuba
Djibouti
Egipto
Eritrea
Etiopia
Filipinas
Gabón
Gambia
Georgia
Ghana
Guinea
Guinea Ecuatorial
Guinea-Bissau
Haití
India
Indonesia
Irak
Irán
Jordania
Kenia
Kirguizistán
Kosovo (Serbia)
Laos
Lesotho
Líbano
Liberia
Libia
Madagascar
Malaui
Maldivas
Malí
Marruecos
Mauritania
Moldovia
Mongolia
Montenegro
Mozambique
Myanmar
Nepal
Niger
Nigeria
Niue
Norfo
Omán
Pakistán
Palau
Palestina
Pitcairn (Francia9
República Centroafrica
Ruanda
Sahara Occidental
Samoa (Alemana)
San Pedro y Miquelón (Francia)
Santo Tomé y Principe
Senegal
Sierra Leona
Siria
Somalia
Somaliand
Sri Lanka
Suazilandia
Sudan
Tanzania
Tayikistán
Timor del Este
Togo
Transnistria
Túnez
Turkmenistán
Uganda
Uzbekistán
Venezuela
Vietnam
Yemen
Yibuti
Zaire
Zambia
Zimbabue

 

NOTAS GENERALES

  • Todos los nacionales de países con visado o tarjeta de residencia vigente de la Unión Europea, de los Estados Unidos de América, de Canadá o de Gran Bretaña, pueden ingresar a territorio nacional de la República Dominicana con la simple presentación de la Tarjeta de Turismo (decreto 691-07 de fecha 18 de diciembre del 2007).
  • Todos los extranjeros que ingresan a la República Dominicana, sea con visa o tarjeta de turismo, deberán estar provistos de su pasaporte válido, con vigencia mínima y mantener su vigencia durante la permanencia y salida del territorio dominicano.
  • Todos los extranjeros que deseen ingresar a la República Dominicana para asuntos de negocios, deberán aplicar a Visa de Negocios, simple o múltiple, en las misiones consulares de la República Dominicana en el exterior, no obstante estar incluidos en la lista de países que pueden ingresar con tarjeta de turismo, ya que esta última sólo puede utilizarse para fines turísticos exclusivamente. Las visas de negocios serán otorgadas por los Consulados dominicanos conforme las disposiciones contenidas en la Resolución No. 01-08, de fecha 7 de febrero del 2008 del MIREX.
  • Las solicitudes de visa serán recibidas y autorizadas exclusivamente por la Cancillería, bajo los mecanismos, restricciones y procedimientos actuales establecidos por el viceministro para Asuntos Consulares y Migratorios.
  • En caso de que una persona necesite visa y no haya un Consulado Dominicano en el país donde se encuentra, deberá dirigirse al Consulado del país más próximo.
  • En caso de que una persona quiera extender su visita mientras está en la República Dominicana, podrá pasar por las oficinas de la Dirección General de Migración y solicitar su prórroga, aplicable para una vez.

Ubicación

Calle París, 211, 7ma planta,  08008, Barcelona, España.

+ 34 932 37 92 13

info@consuladordbarcelona.com

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